El 8 de julio de 2022, el Ministerio de Comercio e Industria de la India emitió un anuncio en el que indicaba que recibió el Memorándum de la Oficina emitido por el Ministerio de Finanzas el 13 de junio de 2022, y el Ministerio de Finanzas no aceptó que fuera originario o importado de China el 14 de marzo de 2022. La decisión final tomada por el papel de aluminio con un espesor de 5,5 micrones a 80 micrones (Aluminium Foil 5.5 Microns to 80 Microns) decidió terminar las medidas antidumping contra los productos chinos involucrados.
El 15 de diciembre de 2015, el Ministerio de Comercio e Industria de la India inició una investigación antidumping sobre el papel de aluminio originario o importado de China. El 16 de mayo de 2017, el Ministerio de Finanzas de la India emitió la Circular N° 23/2017-Aduana (ADD), decidiendo imponer derechos antidumping a los productos chinos involucrados en el caso por un período de cinco años, con vigencia hasta el 15 de mayo , 2022 (ahora ampliado hasta 2022). 15 de junio de 2009). El 16 de septiembre de 2021, el Ministerio de Comercio e Industria de la India inició una segunda investigación de revisión por extinción antidumping sobre láminas de aluminio con un espesor de 5,5 micras a 80 micras originarias o importadas de China. El 14 de marzo de 2022, el Ministerio de Comercio e Industria de la India tomó una decisión definitiva afirmativa sobre la revisión por extinción del caso,fabricantes de perfiles de aluminio en China involucrados en el caso.
Los siguientes productos están excluidos de impuestos: laminados de aluminio, láminas de conversión de calibre ultraligero, láminas compuestas, láminas para capacitores con un ancho de 5 micras, láminas grabadas o formadas, paneles compuestos de aluminio, láminas revestidas, láminas para botellas de cerveza, láminas de aluminio Aleaciones de manganeso-silicio y/o aleaciones revestidas de Al-Mn-Si, cintas de láminas y láminas prepintadas.